La nacionalidad española por matrimonio gay es una figura jurídica que permite a las personas extranjeras que se casen con un ciudadano español obtener la nacionalidad española. Esta figura se regula en el artículo 22 del Reglamento de la Ley de Nacionalidad Española, que establece que los extranjeros que contraigan matrimonio con un español adquieren la nacionalidad española de forma automática y sin necesidad de cumplir ningún otro requisito, como ser residente en España o tener un conocimiento del idioma español.
No obstante, para poder acceder a esta figura jurídica, es necesario que el matrimonio se celebre de forma legal en España o en el extranjero, y que se inscriba en el Registro Civil español. Además, el cónyuge extranjero deberá renunciar a su nacionalidad de origen, salvo que esté exento de hacerlo por tratarse de un país de la Unión Europea o de la Comunidad Iberoamericana de Naciones.
Una vez que se ha obtenido la nacionalidad española por matrimonio gay, el cónyuge extranjero podrá disfrutar de todos los derechos y deberes que corresponden a los ciudadanos españoles, como el derecho a voto, a contraer matrimonio, a obtener una tarjeta de residencia o a trabajar en España. Asimismo, el cónyuge extranjero tendrá acceso a la protección del Estado español en el extranjero y podrá solicitar la nacionalidad española para sus hijos.