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La movilidad geográfica puede suponer un ahorro significativo en el IRPF. En concreto, se trata de la deducción por traslado de residencia habitual. Para poder beneficiarse de ella, hay que cumplir una serie de requisitos. En primer lugar, hay que haber cambiado de domicilio, es decir, dejar de estar empadronado en el lugar de origen y hacerlo en el de destino. En segundo lugar, el cambio de domicilio debe ser voluntario, es decir, que no esté motivado por una causa laboral. Y en tercer lugar, el cambio de domicilio debe ser definitivo, es decir, que no se trate de una mudanza temporal.

Si se cumplen todos estos requisitos, se puede optar a la deducción por traslado de residencia habitual. Para ello, hay que incluir en la declaración de la renta el importe de los gastos realizados en el cambio de domicilio. Los gastos que se pueden incluir son los gastos de mudanza, los gastos de cambio de domicilio (por ejemplo, los gastos de gestoría o de notaría) y los gastos de adaptación del nuevo hogar (por ejemplo, los gastos de reforma o de compra de muebles).

La deducción por traslado de residencia habitual se aplica sobre el importe total de los gastos realizados en el cambio de domicilio. No obstante, hay que tener en cuenta que el importe total de la deducción no puede superar los 2.000 euros. Así, por ejemplo, si se han gastado 1.000 euros en el cambio de domicilio, la deducción será de 1.000 euros. Si se han gastado 2.500 euros, la deducción será de 2.000 euros. Y si se han gastado 3.000 euros, la deducción será de 2.000 euros.

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