La Modalidad 40 es un régimen especial que está regulado por el artículo 123 de la Ley del Seguro Social, el cual establece que las personas que cotizan por este régimen tendrán derecho a una pensión de jubilación, invalidez y muerte. Para tener derecho a esta pensión, se deben cumplir ciertos requisitos, entre los que se encuentran:
Los trabajadores que cotizan por esta modalidad no tienen derecho a la prestación en especie de salud, por lo que deben cubrirse con un seguro privado de salud.