Para que un interino pueda ser fijo sin opositar, debe cumplirse con dos requisitos:
- Que el nombre del interino figure en el último listado de interinos publicado por el Ministerio de Educación, en el que se especifica el número de plazas a las que opta.
- Que el nombre del interino figure en el último listado de interinos publicado por el Ministerio de Educación, en el que se especifica el número de plazas a las que opta.
En caso de que el interino cumpla con estos dos requisitos, podrá ser fijo sin opositar.