los actos administrativos requisitos y eficacia

Los actos administrativos son aquellos mediante los cuales la administración pública produce efectos jurídicos en relación con intereses individuales o colectivos. En otras palabras, se trata de una declaración unilateral de voluntad, emanada de un órgano administrativo, que afecta a una persona o a un grupo de ellas, en relación con un asunto determinado y concreto.

Para que un acto administrativo tenga validez y eficacia jurídica, es decir, produzca los efectos que se pretenden, debe reunir una serie de requisitos. Estos requisitos se encuentran recogidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común, y son los siguientes:

  • Ser dictado por un órgano competente.
  • Tener capacidad para dictar actos de su competencia.
  • Respecto de su objeto, ser conforme a derecho.
  • Motivarse, es decir, expresar los fundamentos de hecho y de derecho en los que se basa la decisión.
  • Que no se haya producido su revocación o anulación, en su caso.

Una vez que el acto administrativo cumple con los requisitos señalados, se dice que es válido. No obstante, para que el acto también tenga eficacia, es decir, produzca los efectos jurídicos previstos, debe ser notificado a la persona o personas afectadas por él. La notificación puede hacerse de diversas formas, pero en todo caso debe ser fehaciente para acreditar que se ha notificado correctamente.

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