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La justicia gratuita es un derecho fundamental que reconoce el Estado a todas las personas independientemente de su capacidad económica. Si una persona no dispone de los recursos necesarios para afrontar los costes de un proceso judicial, el Estado se compromete a asumirlos.

En concreto, el Estado se compromete a proporcionar un abogado y un procurador de oficio en aquellos casos en los que la persona no pueda permitírselo.

No obstante, no todos los casos pueden acogerse a la justicia gratuita. Para ello, se debe cumplir una serie de requisitos, entre los que destacan:

  • Estar en situación de desempleo o percibir una renta mínima.
  • No disponer de recursos suficientes para afrontar los costes del proceso.
  • No haber sido condenado por un delito doloso en los últimos cinco años.

Para solicitar la justicia gratuita es necesario presentar una solicitud en el Juzgado o Tribunal competente. Si la solicitud es admitida, se le asignará un abogado de oficio.

No obstante, en algunos casos es posible renunciar a la asistencia letrada gratuita. En concreto, esto es posible en aquellos casos en los que:

  • El procedimiento es de carácter amistoso (por ejemplo, en el caso de un divorcio).
  • Se trata de un procedimiento penal en el que la pena a imponer es inferior a los seis meses de prisión.
  • Se trata de un procedimiento administrativo en el que la cuantía es inferior a 2.000 euros.

En cualquier caso, es recomendable que, antes de renunciar a la asistencia letrada, se consulte con un abogado para que evalúe el caso y asesore sobre la conveniencia o no de renunciar a la justicia gratuita.

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