La jubilación anticipada forzosa requiere que el trabajador cotice un mínimo de 15 años y cumpla los 65 años de edad. Asimismo, según la Ley 100 de 1993, modificada por la Ley 797 de 2003, se puede jubilar anticipadamente si se cumple alguno de los siguientes requisitos:
-tiene una discapacidad igual o superior al 33%
-es madre cabeza de familia
-es víctima del conflicto armado
-es pensionista por invalidez
-es trabajador doméstico
Para los trabajadores que coticen en el Régimen Contributivo, la edad y años de cotización requeridos para acceder a la jubilación anticipada forzosa son los mismos que para la jubilación ordinaria.