La jubilación por vejez está regulada por la Ley de Seguridad Social, y según esta ley, para acceder a la jubilación es necesario cumplir 65 años de edad.
Para los trabajadores afiliados al Régimen de Seguridad Social, la jubilación es un derecho adquirido tras haber cotizado un número mínimo de años. No obstante, existen otras modalidades de jubilación, como la jubilación anticipada o la jubilación parcial.
La jubilación anticipada se podrá solicitar a partir de los 63 años de edad, siempre y cuando se cumplan determinados requisitos, como haber cotizado un mínimo de 35 años.
Por otro lado, la jubilación parcial permite seguir trabajando, pero con una reducción de la jornada laboral y, por tanto, de la pensión que se perciba. Esta modalidad de jubilación está pensada para aquellos trabajadores que, por motivos de edad avanzada o discapacidad, necesiten reducir su jornada laboral.