A partir del 1 de enero de 2019, se establece el Ingreso Mínimo Vital (IMV) para todas aquellas personas que, teniendo la nacionalidad española o residiendo legalmente en España, se encuentren en una situación de vulnerabilidad económica y carezcan de recursos suficientes para hacer frente a sus necesidades básicas.
Para acceder al Ingreso Mínimo Vital, es necesario que la persona o el núcleo familiar esté inscrito en el Registro de Demandantes de Empleo y no perciba ningún tipo de prestación o subsidio por desempleo, ni ingresos superiores al 60% del Salario Mínimo Interprofesional.
Asimismo, el solicitante deberá reunir los siguientes requisitos:
En el caso de las víctimas de violencia de género, se establece un procedimiento especial de acceso al Ingreso Mínimo Vital, para aquellas personas que se encuentren en una situación de vulnerabilidad económica y carezcan de recursos suficientes para hacer frente a sus necesidades básicas, siempre que cumplan los requisitos establecidos en la normativa vigente.