A partir del 1 de enero de 2021, todos los hogares con rentas inferiores a 1.200 euros al mes brutos per cápita tendrán derecho a percibir el Ingreso Mínimo Vital (IMV), una prestación que será compatible con otras ayudas sociales.
Este nuevo Ingreso Mínimo Vital estará dirigido a aquellas familias con menores a cargo, mayores de 65 años, personas en situación de dependencia, víctimas de violencia de género, grandes discapacitados y monoparentales con hijos a su cargo. También se podrá acceder a él en caso de estar en riesgo de exclusión social.
Para que una familia pueda acceder al Ingreso Mínimo Vital deberá acreditar que su renta mensual es inferior a 1.200 euros al mes por cada uno de sus miembros. No obstante, también se tendrá en cuenta el patrimonio de la unidad familiar, que no podrá superar los 5.000 euros.
Por otro lado, el Ingreso Mínimo Vital se podrá solicitar de forma individual en aquellos casos en los que la persona no esté incluida en una unidad familiar. En estos casos, la persona deberá acreditar que su renta mensual no supera los 1.200 euros y que su patrimonio no supera los 2.000 euros.
La prestación por Ingreso Mínimo Vital será incompatible con cualquier otro tipo de prestación, tanto del Estado como de las comunidades autónomas o los ayuntamientos. No obstante, se podrá acoger a otras prestaciones sociales compatibles, como la Prestación por Desempleo o la Prestación por Hijo a Cargo.
Para solicitar el Ingreso Mínimo Vital será necesario presentar una solicitud en el Servicio de Rentas Básicas de Inclusión de la comunidad autónoma correspondiente. En la solicitud se deberán aportar los datos personales y familiares de la persona solicitante, así como la documentación necesaria para acreditar la situación de renta y patrimonio.