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Desde el 1 de enero de 2020, todos los ciudadanos españoles tienen derecho a percibir el Ingreso Mínimo Vital (IMV), una prestación mensual que garantiza un ingreso mínimo vital y personal para todas aquellas personas que no dispongan de otros ingresos o cuyos ingresos sean insuficientes. Para poder acceder a este subsidio, los interesados deberán reunir una serie de requisitos mínimos.

En concreto, para poder acceder al Ingreso Mínimo Vital será necesario que:

  • - Se tenga la nacionalidad española o se tenga la condición de ciudadano de la Unión Europea o extranjero residente legal en España.
  • - No percibir ingresos suficientes o, en su caso, tener ingresos pero que estos no superen el límite establecido por el Ministerio de Trabajo y Economía Social.
  • - No tener derecho a percibir otra prestación por desempleo o a la Prestación Contributiva por Desempleo.
  • - No estar cobrando la Prestación por Incapacidad Temporal.
  • - No estar cobrando la Prestación por cuidado de hijos menores de 3 años.
  • - No estar cobrando la Prestación por cese de actividad.
  • - No estar en situación de ingreso en prisión.

Por otra parte, para poder acceder al Ingreso Mínimo Vital será necesario que los beneficiarios:

  • - Residan en España de forma continua e ininterrumpida en el momento de solicitar la prestación.
  • - No dispongan de recursos económicos suficientes para atender sus necesidades básicas.
  • - No perciban otros ingresos públicos o privados que cubran sus necesidades básicas.
  • - No estén en situación de abandono voluntario del hogar familiar.
  • - No estén en situación de alojamiento en establecimientos de acogida.
  • - No estén en situación de ingreso en centros de internamiento.
  • - No estén en situación de alojamiento en establecimientos tutelares o similares.
  • - No estén en situación de alojamiento en establecimientos de protección de menores.

Para solicitar el Ingreso Mínimo Vital será necesario que los interesados rellenen y presenten la solicitud correspondiente a través del portal web de la Seguridad Social. Asimismo, será necesario que los beneficiarios acrediten que cumplen con todos los requisitos establecidos mediante la presentación de los documentos correspondientes.

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