El ingreso mínimo vital (IMV) es una prestación social que tiene como objetivo mejorar las condiciones de vida de las personas y familias con menos recursos. En España, el ingreso mínimo vital está regulado por el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la economía social y la protección social. El ingreso mínimo vital se estableció inicialmente para el periodo de emergencia sanitaria, que finalizó el 9 de junio de 2020. A partir de entonces, el ingreso mínimo vital ha sido prorrogado hasta el 31 de diciembre de 2020.
Para acceder al ingreso mínimo vital, las personas y familias deben cumplir unos requisitos de residencia, edad y renta. En concreto, para acceder al ingreso mínimo vital debe cumplirse alguna de las siguientes condiciones:
Además, para acceder al ingreso mínimo vital es necesario que la renta per cápita de la unidad familiar no supere el 60% de la Renta Mínima Interprofesional (RMI).
En el caso de las familias numerosas, el ingreso mínimo vital será compatible con otros ingresos, como por ejemplo, el subsidio por desempleo. No obstante, en ningún caso la suma de todos los ingresos percibidos por la familia podrá superar el límite de renta establecido para acceder al ingreso mínimo vital.
Por último, cabe destacar que el ingreso mínimo vital no es una prestación contributiva, por lo que no es necesario haber cotizado previamente para acceder a él.