Hacienda señaló que el Ingreso Mínimo Vital (IMV) será una "prestación universal y no contributiva" que se otorgará a todos aquellos ciudadanos españoles que no dispongan de otros ingresos suficientes para cubrir sus necesidades básicas. La cuantía mensual será de 426,15 euros para las personas solteras, y 852,30 euros para las personas en unión de hecho o casadas, con independencia de su edad.
Para percibir el IMV, los interesados deberán registrarse en la web de la Seguridad Social y presentar una declaración responsable en la que certifiquen que no perciben otros ingresos suficientes. Los beneficiarios del IMV tendrán derecho a recibir, además, otras prestaciones sociales como la pensión mínima de jubilación o la pensión de invalidez.
La prestación será incompatible con cualquier otro tipo de ingreso por trabajo, salvo en aquellos casos en los que la suma de ambos no supere el límite establecido. Asimismo, el importe de la prestación será reintegrado íntegramente en aquellos casos en los que se acredite que los beneficiarios han obtenido ingresos suficientes durante el período en el que hayan percibido el IMV.