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Con la aprobación del Ingreso Mínimo Vital (IMV) por parte del Gobierno de Canarias, se pretende garantizar unos recursos mínimos a aquellas familias con dificultades para hacer frente a sus necesidades básicas. El IMV se suma a las ayudas existentes en la Comunidad Autónoma de Canarias, como el Ingreso Mínimo de Entrada (IME) o el Ingreso Mínimo de Garantía de Ingresos (IMGI), y se pretende que sea una medida de carácter transitorio que sirva de ayuda a aquellas familias que se encuentran en situación de vulnerabilidad.

Para acceder al Ingreso Mínimo Vital se deberán cumplir unos requisitos de renta mínima, patrimonio máximo y composición familiar. En cuanto a la renta mínima, se establece que el ingreso de la familia en el último trimestre no debe superar los 2.5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). El patrimonio máximo se fija en 12.000 euros para las personas solteras y en 18.000 euros para las familias numerosas. Por último, en cuanto a la composición familiar, se establece que el número de miembros de la familia no debe superar los 4.

El importe del Ingreso Mínimo Vital será de 400 euros para las personas solteras y de 600 euros para las familias numerosas. Las familias con hijos menores de 3 años percibirán un importe adicional de 100 euros por cada hijo. Además, se establece un importe máximo de 1.200 euros para las familias con 4 o más hijos.

El Ingreso Mínimo Vital será compatible con otras ayudas públicas percibidas por las familias, como la Prestación por Hijo a Cargo o la Prestación por Desempleo, entre otras. No obstante, el importe de estas ayudas se reducirá en la medida en que supere el importe del Ingreso Mínimo Vital. Asimismo, el Ingreso Mínimo Vital será incompatible con otras prestaciones públicas como la Pensión de Jubilación o la Pensión de Viudedad.

El Ingreso Mínimo Vital será solicitado a través de la Oficina Virtual del DNIe o en el Registro General de la Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad Social. La solicitud se presentará acompañada de los documentos necesarios, como la declaración de la renta o el certificado de empadronamiento. Una vez analizada la solicitud, se notificará la resolución a la dirección postal facilitada por el solicitante.

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