Desde el 1 de enero de 2020, las familias monoparentales con hijos a cargo percibirán un ingreso mínimo vital de 845 euros mensuales. Se trata de una prestación no contributiva a la que podrán acogerse todas aquellas familias en las que el progenitor o la progenitora tenga a su cargo un hijo menor de 18 años o un hijo con discapacidad mayor de esa edad. La cuantía de la prestación será incrementada en función del número de hijos a cargo, de tal forma que se abonarán 165 euros mensuales adicionales por cada hijo después del primero.
Para percibir el ingreso mínimo vital, la familia monoparental deberá acreditar su residencia habitual en España y carecer de ingresos suficientes para atender sus necesidades básicas. No obstante, se podrán combinar los ingresos percibidos con aquellos otros que provengan del trabajo, de prestaciones por desempleo o de rentas mínimas, siempre y cuando la suma de todos ellos no supere el límite de ingresos establecido. Asimismo, las familias monoparentales que perciban el ingreso mínimo vital no serán requeridas para que devuelvan las cantidades percibidas en caso de que sus hijos cumplan la mayoría de edad o dejen de tener una discapacidad reconocida.
El ingreso mínimo vital es una prestación no contributiva, por lo que no será necesario que las familias monoparentales que la perciban tengan cotizados un determinado número de años para poder acceder a ella. No obstante, para mantener el derecho a percibirla, se deberá acreditar que se cumplen con los requisitos establecidos en cada momento, como por ejemplo, que se continúa residiendo en España y que se mantienen las condiciones de carencia de ingresos. La prestación será recalculada anualmente y, en caso de que se produzcan cambios en la situación de la familia monoparental, se podrá solicitar su modificación o supresión.