Ingreso mínimo vital: es una prestación económica mensual que se otorga a las personas mayores de 65 años o con discapacidad que no perciban otra prestación por jubilación o invalidez, ni tuviesen ingresos suficientes para mantenerse por encima del umbral de la pobreza. La cuantía del ingreso mínimo vital es de 814,68 euros al mes (2020). Se abona en 12 pagas.
Para percibir el ingreso mínimo vital, no basta con tener la edad o discapacidad requeridas. También hay que reunir una serie de requisitos de residencia y de carencia de recursos. En concreto, para cobrar el ingreso mínimo vital, hay que:
En el caso de las personas mayores de 65 años, para cobrar el ingreso mínimo vital, además de los requisitos anteriores, hay que:
En el caso de las personas con discapacidad, para cobrar el ingreso mínimo vital, además de los requisitos anteriores, hay que:
Para solicitar el ingreso mínimo vital, hay que presentar una solicitud en el Servicio de Rentas Básicas de Inclusión del Ayuntamiento donde se esté empadronado. En la solicitud, hay que adjuntar la documentación necesaria para acreditar los requisitos exigidos.
La documentación necesaria para solicitar el ingreso mínimo vital es la siguiente:
La documentación acreditativa de la edad puede ser el DNI, el pasaporte o el certificado de nacimiento. En el caso de las personas con discapacidad, la documentación acreditativa puede ser la tarjeta de discapacidad, el certificado de minusvalía o el informe médico.
La documentación acreditativa de la situación de residencia en España puede ser el DNI, el pasaporte, el permiso de residencia o el certificado de registro como ciudadano de la Unión.
La documentación acreditativa de los ingresos percibidos puede ser la nómina, el certificado de la Seguridad Social o el certificado de la renta.
La documentación acreditativa de los bienes inmuebles y vehículos de motor que se posean puede ser el certificado de empadronamiento, el certificado de la Seguridad Social o el certificado de la renta.