documentos para solicitar la nacionalidad española por opción

Los nacionales de cualquier país de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega o Suiza pueden adquirir la nacionalidad española mediante el procedimiento de opción, desde que cumplan los requisitos establecidos en la Ley.

Requisitos

Para solicitar la nacionalidad española por opción, los interesados deberán:

Tener una antigüedad mínima de residencia de cinco años en España con cualquier tipo de autorización de residencia.

No estar afectados por ninguna de las causas de exclusión previstas en la Ley.

No haber sido condenados mediante sentencia firme, dentro o fuera de España, por un delito doloso siempre que la pena impuesta sea de privación de libertad de más de dos años. No obstante, se podrá acreditar que la reincidencia es baja y que, transcurridos cinco años desde la extinción de la pena, el interesado no ha vuelto a incurrir en ningún tipo de delito.

Aportar certificado de penales expedido por las autoridades competentes de los países en los que se haya residido en los últimos cinco años, con anterioridad a la solicitud de la nacionalidad.

No padecer enfermedad mental o física grave que impida hacer frente a sus obligaciones cívicas.

Acreditar suficiente conocimiento de la lengua española.

Contar con ingresos suficientes para sufragar sus gastos y los de su familia, así como para no ser una carga para el sistema de seguridad social español.

Aportar un certificado de nacimiento o de matrimonio en el que conste que no se ha contraído matrimonio con una persona de nacionalidad española en los últimos cinco años.

Haber residido en España de forma ininterrumpida durante los últimos dos años antes de presentar la solicitud de nacionalidad. No obstante, se podrá acreditar que el ausente ha mantenido vínculos efectivos con España, tales como el empleo, la propiedad de un inmueble o el cuidado de familiares.

No haber sido separado mediante sentencia firme del ejercicio de la patria potestad de un hijo menor de edad nacido en España.

No haber sido condenado mediante sentencia firme, dentro o fuera de España, por un delito contra la seguridad del Estado, contra la Constitución o contra los derechos fundamentales y las libertades públicas reconocidos en el Tratado de la Unión Europea.

No estar pendiente de ser juzgado por un delito contra la seguridad del Estado, contra la Constitución o contra los derechos fundamentales y las libertades públicas reconocidos en el Tratado de la Unión Europea.

Documentación

Una vez cumplidos los requisitos, los interesados deberán presentar la siguiente documentación:

Solicitud dirigida al Ministerio de Justicia.

Documento de identidad en vigor.

Certificado de empadronamiento.

Certificado de nacimiento o de matrimonio.

Certificado de penales expedido por las autoridades competentes de los países en los que se haya residido en los últimos cinco años, con anterioridad a la solicitud de la nacionalidad.

Documentación acreditativa de la antigüedad de residencia en España, tales como residencias, permisos de trabajo, declaraciones de la renta, etc.

Documentación acreditativa de los ingresos suficientes para sufragar sus gastos y los de su familia, así como para no ser una carga para el sistema de seguridad social español.

Documentación acreditativa de los vínculos efectivos con España, tales como el empleo, la propiedad de un inmueble o el cuidado de familiares.

Documentación acreditativa del conocimiento de la lengua española.

Documentación acreditativa de que no se ha contraído matrimonio con una persona de nacionalidad española en los últimos cinco años.

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