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Para viajar con un recién nacido es necesario que lleve su documentación en regla. En concreto, necesitará su DNI, que podrá tramitar desde el mismo día del nacimiento en el Registro Civil de la localidad donde resida. Si el bebé nace en el extranjero, podrá tramitarlo en la Oficina de Extranjería más cercana.

Una vez en posesión del DNI del recién nacido, se podrá viajar a cualquier destino nacional e incluso a algunos países de la Unión Europea. No obstante, para viajar a otros destinos internacionales es necesario tramitar un pasaporte infantil.

Para tramitar el pasaporte infantil es necesario acudir a la Oficina de Pasaportes más cercana e presentar la documentación del bebé: el DNI, el libro de familia o el acta de nacimiento, así como una fotografía tamaño carnet. El pasaporte tiene una validez de cinco años para los menores de edad.

La documentación del menor deberá ir siempre acompañada de la del adulto que vaya a hacer el viaje, ya que, en caso de separación, será éste quien deberá acreditar su paternidad o maternidad y, por tanto, su derecho a la custodia del niño.

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