Los papás de un recién nacido pueden tramitar el DNI en cualquier momento a partir del parto. No obstante, si la madre lo solicita en el momento de la alta hospitalaria, el documento le será entregado sin costo. De esta manera, el proceso se simplifica y se evita un trámite posterior. Si bien es cierto que el DNI es un documento personal e intransferible, el bebé puede figurar en el mismo a partir de los tres meses de vida. Hasta ese momento, el menor estará registrado en el DNI de uno de sus padres.
Para tramitarlo, los padres deben acudir a la oficina de Registro Nacional de las Personas (RNP) más cercana a su domicilio con los siguientes documentos:
Una vez que se realiza el trámite, se entrega una fotocopia certificada del DNI del bebé, que funciona como documento oficial hasta que el niño cumpla tres meses de vida. Luego de ese período, debe tramitarse el DNI propiamente dicho, para lo cual es necesario que el menor se presente en persona.