divorcio incausado requisitos

Para solicitar el divorcio incausado en México, se requiere que:

  • Al menos uno de los dos cónyuges tenga su domicilio en México.
  • Que la relación matrimonial haya terminado de hecho y de derecho, es decir, que ambos cónyuges no vivan bajo el mismo techo ni tengan relaciones sexuales.
  • Que ambos cónyuges estén de acuerdo en solicitar el divorcio.
  • Que se cumplan los requisitos del artículo 166 del Código Civil para México: que transcurran más de tres meses desde que se notificó la sentencia de divorcio, y que ambos cónyuges hayan cumplido con sus obligaciones familiares y patrimoniales.

Documentos necesarios

Los documentos que se requieren para iniciar el trámite de divorcio incausado son los siguientes:

  • Acta de matrimonio
  • Identificación oficial con fotografía de ambos cónyuges
  • Poder notarial otorgado por el cónyuge que inicia el trámite, en caso de que éste no pueda hacerlo personalmente
  • Declaración jurada de no tener hijos menores de edad ni estar embarazada
  • Declaración jurada de no tener bienes gananciales que repartir

Procedimiento

Una vez que se reúnen todos los documentos necesarios, se debe presentar la solicitud de divorcio incausado ante el Juzgado de lo Familiar del domicilio del cónyuge que inicia el trámite. En la solicitud, se deberá indicar el nombre de los cónyuges, la fecha y lugar de celebración del matrimonio, así como la fecha en que se dejó de convivir. Asimismo, se deberá adjuntar una copia del acta de matrimonio, las identificaciones oficiales con fotografía de ambos cónyuges, la declaración jurada de no tener hijos menores de edad ni estar embarazada, y la declaración jurada de no tener bienes gananciales que repartir.

El Juzgado de lo Familiar llevará a cabo una audiencia de conciliación, en la que se notificará a ambos cónyuges sobre la solicitud de divorcio y se les pedirá que intenten conciliar. Si ambos cónyuges están de acuerdo en divorciarse, se les asignará una fecha para la firma de la sentencia de divorcio. Si no logran conciliar, se fijará una nueva audiencia de conciliación. Si después de tres audiencias de conciliación no logran llegar a un acuerdo, el Juzgado de lo Familiar dictará la sentencia de divorcio.

Una vez que se dicta la sentencia de divorcio, se notificará a ambos cónyuges y se les asignará una fecha para la firma de la sentencia. Si ambos cónyuges firman la sentencia, ésta se inscribirá en el Registro Civil y tendrá efectos a partir de la fecha de su inscripción.

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