La deducción por familia numerosa se podrá solicitar a partir del día 1 de enero de 2020, siempre y cuando se cumplan una serie de requisitos que pasamos a enumerar a continuación.
Para solicitar la deducción por familia numerosa será necesario que al menos uno de los progenitores, tutores o acogedores cumpla con los requisitos que se establecen a continuación:
- Tener la condición de padre o madre de tres o más hijos menores de 25 años o de dos hijos mayores de dicha edad si están en situación de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez. También se podrá solicitar la deducción si se tiene un hijo de cualquier edad en situación de discapacidad reconocida oficialmente.
- Tener a su cargo un hijo menor de 3 años.
- Tener a su cargo un hijo mayor de 3 años con discapacidad reconocida oficialmente que requiera una atención especial constante.
Los hijos a cargo deben convivir con el progenitor o tutores que solicita la deducción, excepto en los siguientes casos:
- Cuando el hijo sea mayor de 21 años y esté en situación de Dependencia Absoluta o Gran Invalidez.
- Cuando el hijo sea mayor de 25 años, estudie un título universitario de grado o diplomatura y conviva con el progenitor.
- Cuando el hijo sea discapacitado, mayor de 21 años y conviva con el progenitor.
Los hijos que no convivan con el progenitor, pero que reúnan las condiciones anteriores, podrán ser tenidos en cuenta para el cálculo de la deducción, siempre que estén empadronados en la misma vivienda que el progenitor.
La deducción se podrá solicitar por cada hijo a cargo, con independencia de su edad o situación. No obstante, en el caso de hijos mayores de 21 años que convivan con el progenitor, solo se podrá solicitar la deducción si están en situación de Dependencia Absoluta o Gran Invalidez.
Para poder beneficiarse de la deducción, el importe de la renta bruta anual no podrá superar los 60.000 euros por cada uno de los progenitores, tutores o acogedores.