La deducción por alquiler en Madrid se puede aplicar sin estar empadronado en la ciudad, siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos. En primer lugar, el inmueble debe encontrarse dentro de los límites municipales de Madrid y se debe alquilar a título de residencia habitual y permanente. Además, el contribuyente debe ser arrendador y tener una renta anual bruta igual o inferior a 22.000 euros.
Para poder beneficiarse de esta deducción, el contribuyente debe presentar la declaración de la renta y aportar una serie de documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos anteriormente mencionados. En concreto, se debe aportar el contrato de arrendamiento, un justificante de pago del impuesto sobre bienes inmuebles y un certificado de empadronamiento en el que conste la fecha de alta en el municipio de Madrid.
La deducción por alquiler en Madrid se aplica sobre el importe de la renta anual pagada, hasta un máximo de 1.200 euros. Esto significa que, en el caso de que la renta anual sea inferior a 1.200 euros, la deducción será igual a la renta pagada. En el caso de que la renta anual sea superior a 1.200 euros, la deducción será igual a 1.200 euros.
Para calcular el importe de la deducción, se debe tener en cuenta que el importe máximo deducible es el equivalente a un 3,5% de la base imponible general de la renta. Esto significa que, en el caso de que la base imponible general de la renta sea inferior a 34.285,71 euros, el importe de la deducción será igual a 1.200 euros. En el caso de que la base imponible general de la renta sea superior a 34.285,71 euros, el importe de la deducción será igual a 3,5% de la base imponible general de la renta.