Los contribuyentes madrileños que tengan una renta anual superior a 22.000 euros podrán beneficiarse de una deducción en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de hasta 1.500 euros anuales en el caso de que sean propietarios de una vivienda en alquiler y la destinen a su uso como residencia habitual y permanente. La deducción se aplicará a partir del 1 de enero de 2020 y estará vinculada a una serie de requisitos como, por ejemplo, que el alquiler no supere los 1.000 euros mensuales.
La deducción se podrá aplicar a los alquileres de viviendas situadas en Madrid Capital y en los municipios de la Comunidad de Madrid que hayan sido objeto de rehabilitación. Para ello, será necesario que el inmueble cumpla con determinadas condiciones de seguridad, habitabilidad y eficiencia energética. También se podrá beneficiar de la deducción aquellos contribuyentes que alquilen una vivienda a un familiar en primer grado de consanguinidad o afinidad (cónyuge, descendientes o ascendientes), siempre y cuando el familiar no tenga una renta superior a 8.000 euros anuales.
Para poder beneficiarse de la deducción, los contribuyentes deberán acreditar que la vivienda es su residencia habitual y permanente mediante el correspondiente certificado de empadronamiento. Asimismo, deberán presentar una declaración responsable en la que se comprometan a destinar la vivienda al alquiler y a no realizar actividades que puedan considerarse como un uso distinto al alquiler, como, por ejemplo, la explotación de un negocio.
La deducción se aplicará de forma progresiva en función de la renta del contribuyente, de tal forma que aquellos contribuyentes que tengan una renta superior a 40.000 euros anuales podrán beneficiarse de una deducción máxima de 1.500 euros. En el caso de los contribuyentes con una renta inferior a 22.000 euros, la deducción será de 300 euros.
La deducción se aplicará de forma anual y se podrá solicitar a partir del 1 de enero de 2020. No obstante, los contribuyentes que ya estaban alquilando su vivienda con anterioridad a dicha fecha podrán beneficiarse de la deducción a partir del 1 de enero de 2021.