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Desde el 1 de enero de 2013, se ha establecido una nueva deducción en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) a favor de los contribuyentes que residan en viviendas de alquiler en el territorio de la Comunidad de Madrid y que estén empadronados en el municipio correspondiente a la vivienda arrendada.

La deducción se aplicará a las rentas percibidas a partir del 1 de enero de 2013, y será del 10% de los gastos incurredidos en el pago del alquiler de la vivienda, con un límite máximo de 300 euros anuales.

Para poder beneficiarse de esta deducción, el contribuyente deberá acreditar que es el titular del derecho de uso y disfrute de la vivienda arrendada, mediante el correspondiente contrato de arrendamiento, y que está empadronado en el municipio donde se encuentra ubicada la vivienda.

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