deduccion alquiler madrid arrendatario

Los inquilinos de Madrid pueden deducir el 100% de sus gastos de alquiler de su declaración de la renta si cumplen ciertos requisitos. La deducción se aplica a los alquileres de viviendas y locales comerciales.

Para poder deducir el alquiler, el inquilino debe ser el contribuyente titular del contrato de alquiler y de la factura del gasto. Asimismo, el contrato de alquiler debe estar registrado en el Registro de la Propiedad y el inmueble debe tener una superficie útil mínima de 10 metros cuadrados. Los gastos de alquiler se pueden deducir en la declaración de la renta de los ejercicios fiscales comprendidos entre el 1 de enero de 1995 y el 31 de diciembre de 2020.

Requisitos relacionados