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Aprobado mediante Decreto 18/2019, de 4 de marzo, del Consello de la Xunta de Galicia, por el que se establecen los requisitos mínimos de infraestructura y equipamiento de los centros educativos públicos de Galicia.

En el decreto se establecen los requisitos mínimos de infraestructura y equipamiento que deben reunir los centros educativos públicos de Galicia, tanto de titularidad autonómica como local, desde el nivel de Educación Infantil hasta Bachillerato, y sus adaptaciones curriculares específicas.

El decreto se estructura en tres bloques. El primer bloque se refiere a la infraestructura del edificio y sus servicios, en el segundo se recogen los requisitos de equipamiento y en el tercero, los referentes a la seguridad y protección civil.

Respecto a la infraestructura, el decreto establece que los centros educativos deberán disponer de una serie de instalaciones y servicios mínimos, entre los que se encuentran:

  • Accesibilidad universal
  • Adaptación de aulas y espacios comunes a las necesidades educativas especiales
  • Aseos y vestuarios adaptados
  • Climatización
  • Energía eléctrica
  • Iluminación natural y artificial
  • Redes de telecomunicaciones
  • Sala de profesores
  • Servicios higiénicos
  • Vigilancia y seguridad
  • Zonas verdes y espacios libres

En cuanto al equipamiento, el decreto establece que los centros educativos deberán disponer de una serie de equipos y materiales mínimos, entre los que se encuentran:

  • Aulas de informática
  • Biblioteca
  • Laboratorios
  • Material didáctico
  • Mobiliario
  • Pizarras interactivas
  • Zonas de estudio

Por último, respecto a la seguridad y protección civil, el decreto establece que los centros educativos deberán disponer de un plan de emergencia y evacuación, así como de un sistema de alarma contra incendios.

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