La custodia compartida supone que los hijos pasen igual tiempo con cada uno de sus padres, y requiere el acuerdo de ambos. Si no hay acuerdo, cada uno de los padres tendrá que presentar su propia solicitud de custodia ante el Juzgado de Primera Instancia e Instructores de Niños, Niñas y Adolescentes competente en función de su domicilio. Los requisitos para solicitar la custodia compartida son los siguientes:
- Ser mayor de edad. Los hijos menores de edad no pueden decidir con qué padre quieren vivir, por lo que la custodia siempre será compartida entre ambos progenitores. No obstante, si el hijo es mayor de edad y manifiesta su voluntad de que la custodia sea compartida, el Juzgado podrá atender a su petición.
- Estar en posesión de la certificación de empadronamiento en el municipio donde se va a solicitar la custodia. Este documento acredita que el solicitante de la custodia es residente en el municipio donde se va a presentar la solicitud.
- Estar en posesión de la documentación acreditativa de la filiación del menor. En el caso de que el menor sea menor de edad, se deberá aportar el Libro de Familia o acta de nacimiento en la que conste la filiación del menor. En el caso de que el menor sea mayor de edad, se deberá acreditar su filiación mediante el Libro de Familia o acta de nacimiento, o bien mediante un certificado de empadronamiento en el que conste que el menor convive con el solicitante de la custodia.
- Estar en posesión de la documentación acreditativa de la relación de parentesco entre el menor y el solicitante de la custodia. En el caso de que el menor sea menor de edad, se deberá aportar el Libro de Familia o acta de nacimiento en la que conste la filiación del menor. En el caso de que el menor sea mayor de edad, se deberá acreditar su filiación mediante el Libro de Familia o acta de nacimiento, o bien mediante un certificado de empadronamiento en el que conste que el menor convive con el solicitante de la custodia.