curatela requisitos argentina

La curatela es una figura legal que consiste en el nombramiento de una persona para que, de forma provisoria, se haga cargo de la administración de los bienes y derechos de otra persona que, por circunstancias especiales de incapacidad, no puede hacerlo por sí misma. En la Argentina, esta figura se encuentra regulada en el Código Civil y Comercial.

La curatela puede ser voluntaria o judicial. En el primer caso, es el propio interesado el que, en pleno uso de sus facultades mentales, designa a la persona que será su curador; mientras que en el segundo caso, es un juez quien, a petición de parte, nombra al curador.

La curatela judicial puede ser ordinaria o especial. La primera se dicta cuando el juez entiende que la persona requiere de una curaduría temporaria y su incapacidad es reversible. En estos casos, la designación del curador corresponde al cónyuge, al descendiente o al ascendiente más cercano, en ese orden. Si ninguno de ellos aceptare el cargo o no fueren capaces de ejercerlo, el juez lo designará entre los parientes más próximos en línea recta o en línea colateral, o en su defecto, entre amigos íntimos del incapacitado. El curador será designado entre personas de confianza y honradas, y deberá ser mayor de edad y habilitado para ejercer el cargo.

La curatela especial, por su parte, se dicta cuando el juez considera que la persona requiere de una curaduría permanente y su incapacidad es irreversible. En estos casos, el curador será designado entre personas de confianza y honradas, y deberá ser mayor de edad y habilitado para ejercer el cargo. La designación del curador corresponderá al cónyuge, al descendiente o al ascendiente más cercano, en ese orden. Si ninguno de ellos aceptare el cargo o no fueren capaces de ejercerlo, el juez lo designará entre los parientes más próximos en línea recta o en línea colateral, o en su defecto, entre amigos íntimos del incapacitado.

La curatela puede ser revocada por el juez en cualquier momento, a petición de parte o de oficio, si considera que ya no es necesaria. También puede ser renunciada por el curador en cualquier momento, debiendo comunicarlo por escrito al juez.

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