curatela requisitos

La curatela es una figura legal que protege a las personas que, por diversas causas (edad, enfermedad mental, discapacidad física o psíquica, etc.), no pueden cuidar de sí mismas y gestionar sus bienes y derechos de forma adecuada.

La curatela puede ser voluntaria o judicial, según la forma en que se constituye. En el primer caso, es la persona interesada la que pide que se le nombre curador, mientras que en el segundo es un juez quien, a petición de familiares o amigos, acude a una persona idónea para que asuma esta función.

La curatela judicial se dicta cuando la persona interesada se opone a que se le nombre curador y, en este caso, el juez deberá nombrar a uno de oficio.

Para que se pueda solicitar la curatela, es necesario que la persona que va a ser tutelada se encuentre en una situación de incapacidad legal, que se acredite mediante un informe pericial emitido por un equipo multidisciplinar (médico, psicólogo y trabajador social).

Una vez que se ha dictado la curatela, el curador deberá rendir cuentas periódicamente al juez de lo que va haciendo en el ejercicio de sus funciones y deberá actuar siempre en interés de la persona tutelada.

El nombramiento de curador conlleva responsabilidades y obligaciones, por lo que es importante que la persona que acepte el cargo esté dispuesta a asumirlas.

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