La convocatoria de oposiciones de la Xunta de Galicia está dirigida a todos aquellos candidatos que deseen obtener un empleo público en la comunidad autónoma de Galicia. La convocatoria se divide en dos procesos selectivos: el proceso ordinario y el proceso de reserva de plazas. El proceso ordinario está dirigido a todos los candidatos, mientras que el proceso de reserva de plazas está dirigido a aquellos candidatos que cumplan determinados requisitos.
Los requisitos para participar en el proceso ordinario de la convocatoria de oposiciones de la Xunta de Galicia son los siguientes:
- Tener nacionalidad española.
- Estar en posesión del título de grado o diploma universitario correspondiente al perfil del puesto de trabajo al que se opta.
- No padecer enfermedad o defecto físico que imposibilite el normal desempeño de las funciones correspondientes al puesto de trabajo al que se opta.
- Estar en posesión del certificado de penales.
- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta para el ejercicio de funciones públicas.
- No haber sido condenado por sentencia firme por delito doloso.
Los requisitos para participar en el proceso de reserva de plazas de la convocatoria de oposiciones de la Xunta de Galicia son los siguientes:
- Tener nacionalidad española o ser nacional de un estado miembro de la Unión Europea.
- Estar en posesión de la Tarjeta Profesional de la Enseñanza (TPE) o del Certificado de Aptitud Pedagógica (CAP) o de un título de máster universitario en educación.
- No padecer enfermedad o defecto físico que imposibilite el normal desempeño de las funciones correspondientes al puesto de trabajo al que se opta.
- Estar en posesión del certificado de penales.
- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta para el ejercicio de funciones públicas.
- No haber sido condenado por sentencia firme por delito doloso.