contratos de formacion requisitos

Los contratos de formación tienen como objetivo facilitar la transición de los estudiantes al mercado laboral. Según el Real Decreto 1529/2012, de 20 de noviembre, por el que se regulan los contratos de formación, para formalizar un contrato de formación es necesario que el estudiante cumpla los siguientes requisitos:

  • Estar inscrito en un programa de formación para el empleo, en un curso de formación ocupacional o en un programa de formación en centros especiales de empleo.
  • No haber superado la edad de 25 años, salvo en el caso de personas con discapacidad, en cuyo caso no podrán superar la edad establecida en la legislación vigente en materia de prestaciones por desempleo.
  • No haber realizado, con anterioridad, un contrato de formación ni haber estado dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social.
  • No haber estado dado de alta, en los últimos doce meses, en el Régimen General de la Seguridad Social.

Además, para que el contrato pueda formalizarse, el estudiante debe estar en posesión de un título de educación secundaria obligatoria, de un título de educación secundaria o de un título de Formación Profesional de grado medio, o bien haber superado el curso de iniciación o el primer ciclo de un programa de Formación Profesional de grado superior.

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