Para poder solicitar la constancia de concubinato es necesario que los interesados cumplan con ciertos requisitos, entre los que se encuentran:
- Ambos concubinos deben ser mayores de edad.
- No estar casados ni unidos civilmente con otra persona.
- Residir en el mismo domicilio y convivir de forma continua y pública.
- No tener impedimento legal para contraer matrimonio.
Una vez que se cumplan estos requisitos, los interesados deberán presentar una serie de documentos en el Registro Civil, entre los que se encuentran:
- La solicitud dirigida al Oficial del Registro Civil.
- La copia simple del acta de nacimiento de los concubinos.
- La copia simple del documento de identidad de los concubinos.
- Una declaración jurada en la que se especifique que se cumplen con todos los requisitos para obtener la constancia de concubinato.
- Una declaración jurada en la que se especifique que se está en pleno uso y goce de los derechos civiles y políticos.
- Una declaración jurada en la que se especifique que se convive de forma continua y pública.
- En caso de que alguno de los concubinos tenga hijos menores de edad, deberá presentar la copia del acta de nacimiento de los mismos.
Una vez que se hayan presentado todos los documentos, el Oficial del Registro Civil procederá a emitir la constancia de concubinato. No obstante, si alguno de los interesados no cumpliera con los requisitos establecidos, el Oficial del Registro Civil podrá negar la solicitud.