condiciones deduccion alquiler madrid

La deducción por alquiler de vivienda habitual se regula en el artículo 92 del Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Se trata de un beneficio fiscal que permite a los contribuyentes reducir su base imponible en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), en función de los gastos que hayan realizado en el alquiler de su vivienda habitual.

Para poder beneficiarse de esta deducción, el contribuyente debe cumplir una serie de requisitos, entre los que se encuentran los siguientes:

  • Ser arrendatario de la vivienda que se alquila.
  • Que la vivienda se encuentre en España.
  • Que la vivienda sea la habitual del contribuyente, es decir, que en ella residan de forma continua y efectiva.
  • Que el importe del alquiler no exceda de 1.500 euros mensuales (18.000 euros anuales).

La deducción se aplica sobre el 50% de los gastos en alquiler de la vivienda, con un límite máximo de 9.045 euros anuales (2.261,25 euros mensuales).

Requisitos relacionados