caracteristicas y requisitos del procedimiento administrativo

El procedimiento administrativo es un conjunto de actos y resoluciones que se realizan en forma ordenada y coordinada, con el objetivo de investigar, tramitar y resolver un asunto de carácter público. Este procedimiento se realiza conforme a lo establecido en la Constitución y las leyes, y se encuentra regulado por la Administración Pública. Se caracteriza por ser impersonal, público, racional, jerárquico, coordinado, continuo y regulado. Asimismo, el procedimiento administrativo cuenta con determinados requisitos y características que lo hacen único e irrepetible.

Entre las características del procedimiento administrativo se encuentra que es impersonal, esto quiere decir que se realiza conforme a lo establecido en la ley y sin tener en cuenta las opiniones o intereses particulares de las personas involucradas. Asimismo, es público, lo cual significa que cualquier persona puede tener acceso a la información relativa al procedimiento. Otro aspecto es que es racional, es decir, se lleva a cabo de manera lógica y coherente, siguiendo un orden preestablecido. Asimismo, el procedimiento administrativo es jerárquico, es decir, se realiza conforme a una cadena de mando preestablecida, en la que cada nivel de autoridad tiene competencia para realizar determinadas actividades. Otro aspecto es que es coordinado, lo cual quiere decir que se lleva a cabo de manera coordinada entre las diversas instancias y órganos involucrados. Asimismo, es continuo, es decir, se realiza de manera constante y sin interrupciones, hasta que se llegue a una resolución. Finalmente, el procedimiento administrativo es regulado, esto significa que se encuentra regulado por la Administración Pública y por la Constitución y las leyes.

Por otro lado, el procedimiento administrativo cuenta con determinados requisitos que lo hacen único e irrepetible. En primer lugar, el procedimiento administrativo debe ser iniciado por la Administración Pública. En segundo lugar, debe cumplir con los requisitos establecidos en la Ley. En tercer lugar, debe contar con la participación de las personas interesadas. En cuarto lugar, debe resolverse conforme a lo establecido en la Ley. En quinto lugar, debe contar con una motivación razonada. En sexto lugar, debe notificarse a las personas interesadas. En séptimo lugar, debe recurrirse ante la autoridad competente. Y en octavo lugar, debe archivarse conforme a lo establecido en la Ley.

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