Para acceder al bono social eléctrico se deben cumplir unos requisitos. En primer lugar, hay que ser titular de la tarifa eléctrica de último recibo en el nombre del solicitante o de su cónyuge, conviviente o pareja de hecho. En segundo lugar, no puedes estar incorporado a una actividad empresarial, es decir, que no puedes ser autónomo ni tener una empresa a tu nombre. Y en tercer lugar, no puedes superar ciertos ingresos anuales, que son los que se establecen en la Orden IET/20/2015, de 9 de febrero.
Por lo tanto, si cumples estos requisitos, podrás solicitar el bono social eléctrico. Para ello, tienes que contactar con tu comercializadora y solicitar la tarifa bonificada. Si la comercializadora te dice que no cumples los requisitos, puedes presentar una reclamación ante el Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital. Si la reclamación es estimada, se podrá solicitar el bono social eléctrico. Además, el Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital establece que las comercializadoras están obligadas a informar a los clientes de los requisitos para acceder al bono social eléctrico.