ayuda de la infancia requisitos

La ayuda para la infancia es una subvención económica mensual que otorga el Gobierno de España a aquellas familias con hijos menores de 18 años para ayudar a hacer frente a los gastos derivados de la crianza. Para ser beneficiario de esta ayuda, se deben cumplir una serie de requisitos, entre ellos:

  • Estar empadronado en España. Si se está en el extranjero, se debe estar en posesión de la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE).
  • Ser residente fiscal en España y tener la NIE en vigor.
  • Tener hijos menores de 18 años que convivan con el solicitante.
  • Que los hijos vivan en España o en el extranjero, pero siempre y cuando estén en posesión de la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE), en el caso de que no sean españoles.
  • No estar separado legal o de hecho de la persona con la que se tiene hijos comunes, salvo que haya separación de bienes.
  • Que los hijos no estén emancipados, es decir, que no sean independientes económicamente.
  • No estar en usufructo de la pensión de viudedad de hijos.
  • Que los hijos no estén incluidos en la base de cotización a la Seguridad Social por una actividad laboral por cuenta propia o ajena.
  • No percibir, ni a tu nombre ni a nombre de tus hijos, rentas superiores al salario mínimo interprofesional (SMIC).

Para solicitar la ayuda para la infancia, se debe presentar la solicitud correspondiente, acompañada de la documentación requerida, en el Servicio de Prestaciones económicas para la Familia del lugar de residencia. En la solicitud, se debe indicar el número de hijos, así como los datos personales y familiares del solicitante. La documentación a aportar, además de la solicitud, será la siguiente:

  • Documento acreditativo de la nacionalidad española o, en su caso, de la posesión de la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE).
  • Documento acreditativo de la inscripción en el Padrón Municipal de habitantes del municipio de residencia.
  • Documento acreditativo de la identidad del solicitante (DNI, pasaporte o Tarjeta de Identidad de Extranjero).
  • Documento acreditativo de la situación administrativa en España (residencia fiscal y, en su caso, permiso de residencia y de trabajo).
  • Documento acreditativo de la situación laboral o, en su caso, de percepción de otras rentas, como la pensión de jubilación, la de invalidez o cualquier otra prestación por desempleo.
  • En el caso de que el solicitante estuviera separado legalmente o de hecho de la persona con la que tiene hijos comunes, deberá aportar la sentencia de separación, divorcio o nulidad matrimonial, así como el convenio regulador.
  • En el caso de que el solicitante sea viudo, deberá aportar la certificación literal de defunción del cónyuge fallecido y, en su caso, la resolución judicial que acredite la guarda y custodia de los hijos.
  • Documentación acreditativa de la renta percibida por el solicitante y por los hijos a su cargo.
  • Documentación acreditativa de los gastos derivados de la educación de los hijos, en su caso.
  • Documentación acreditativa de los gastos derivados de la asistencia sanitaria de los hijos, en su caso.
  • En el caso de que el hijo esté en el extranjero, se deberá aportar la documentación acreditativa de la residencia en el extranjero y de los gastos derivados de la educación y la asistencia sanitaria, en su caso.

Requisitos relacionados