asociacion sin animo de lucro requisitos

Para registrar una asociación sin fines de lucro, se debe tramitar ante el Registro Público de Comercio, a través de una sociedad civil. Las asociaciones sin fines de lucro se rigen por la Ley General de Asociaciones Civiles y por sus estatutos. Las asociaciones civiles son personas jurídicas de carácter privado, sin fines de lucro, cuyo objeto social consiste en fomentar el bienestar de la comunidad. En ellas no puede existir reparto de utilidades, y los bienes que se adquieran con el producto de su actividad serán inembargables.

Para constituir una asociación civil es necesario contar con al menos 3 miembros. Todos los asociados deberán ser mayores de edad y gozar de plena capacidad civil. Las personas jurídicas también pueden ser asociadas. Las asociaciones civiles pueden ser fundadas por actos entre vivos o por testamento. En el primer caso, se deberá otorgar un escrito constitutivo, que contendrá los datos de los asociados y el objeto social de la asociación.

Una vez constituida, la asociación deberá inscribirse en el Registro Público de Comercio. Para ello, se deberá presentar la escritura constitutiva, los estatutos y una certificación del banco en la que se indique que la asociación tiene una cuenta bancaria a nombre de la misma. La asociación deberá designar un representante legal, quien será la persona encargada de gestionar los asuntos de la entidad.

Una vez inscrita, la asociación obtendrá personalidad jurídica, lo que le permitirá adquirir derechos y contraer obligaciones. Las asociaciones civiles podrán ser dissueltas por decisión de los asociados, por falta de miembros o por incumplimiento de su objeto social. En este último caso, la disolución podrá ser ordenada por un juez.

Requisitos relacionados